
Las diferencias entre separación y divorcio parten de una idea principal, y es que el divorcio disuelve la unión matrimonial y la separación la suspende.
La figura de la separación matrimonial se ha visto muy afectada desde que en el año 2005 dejó de ser un requisito previo al divorcio, con la Ley 15/2005. Desde entonces y por motivos prácticos, el divorcio es el proceso ordinario. Los datos lo indican: en el año 2020, en España se tramitaron 93.050 divorcios, 3.932 separaciones y 78 nulidades.
En este artículo analizamos las diferencias de la separación y el divorcio, así como de sus procesos, con el fin de orientarte sobre el paso que vais a tomar.
¿QUÉ DIFERENCIAS HAY ENTRE LA SEPARACIÓN Y EL DIVORCIO?
La diferencia esencial es que el divorcio es la disolución del vínculo matrimonial, mientras que la separación es el cese efectivo de la convivencia con permanencia del vínculo matrimonial.
En el divorcio, cesan todos los derechos y obligaciones conyugales. Todos. Los compromisos que adquirieron en la celebración del matrimonio quedan sin efecto. Tales como la vida en común, la fidelidad o el deber de socorro. Si existieran hijos comunes, las obligaciones que quedan son paternofiliales respecto de ellos, pero no matrimoniales entre cónyuges. Al divorciarse, recuperan la libertad que tenían en su soltería.
En la separación, cesan algunos derechos y obligaciones, pero otras se mantienen. Cesa la convivencia efectiva y la fidelidad entre cónyuges, pero se mantiene (por el vínculo matrimonial) el deber de socorro.
No hay que manifestar causas ni razones para solicitar divorcio o separación.
Dato de interés:
- La infidelidad es irrelevante en los procesos de separación o divorcio, incluso en la atribución de la custodia de los hijos.
El divorcio permite casarse con quien quieran, incluso entre ellos. La separación, al mantener el vínculo matrimonial, no permite contraer matrimonio.
El divorcio es irreversible y la separación es reversible. En el caso de reconciliación, si se hubieran separado judicialmente, con un escrito al juzgado que exprese la voluntad de reanudar la convivencia, y su ratificación en el juzgado, se deja sin efecto la separación. El matrimonio continúa. En cambio, si se hubieran divorciado, deben contraer matrimonio de nuevo.
Dato de interés:
- La reconciliación no reanuda la sociedad de gananciales. Reanudan en régimen de separación de bienes, y si desean cambiar al régimen de gananciales deben otorgar capitulaciones matrimoniales con pacto expreso.
La sociedad de gananciales se disuelve con el divorcio y la separación. En el caso de separación de hecho, la ley prevé el transcurso del plazo de 1 año, pero existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que defiende la disolución ganancial desde el día de la separación de hecho si con ella se producen economías independientes.
En caso de embarazo, cesa la presunción de paternidad del marido una vez transcurridos 300 días desde la disolución del matrimonio o la separación legal o de hecho de los cónyuges. Es importante tener en cuenta el cese efectivo de la convivencia, puesto que muchas parejas se divorcian después de haberse separado de hecho, y en estos casos se tiene en cuenta el día del cese efectivo de la convivencia.
La pensión de viudedad es un derecho para cónyuges en constante matrimonio el día del fallecimiento, pero cabe la posibilidad de que proceda en caso de separación o divorcio. El ex cónyuge la recibiría si hay reconocida en sentencia o convenio una pensión compensatoria entre cónyuges, y no ha contraído matrimonio o ha formalizado pareja de hecho. La pensión adoptaría la cantidad y el plazo acordado en la medida. Cabe la excepción cuando el ex cónyuge es mujer que sufrió violencia de género, que la cobraría de todas formas.
En sucesiones intestadas, la separación de hecho es suficiente para que el viudo quede fuera de la herencia. En el divorcio, al quedar extinguida la relación, no es heredero legítimo.

¿SON DIFERENTES LOS PROCESOS DE DIVORCIO Y SEPARACIÓN?
Es el mismo proceso, el llamado procedimiento de nulidad, separación o divorcio. Pueden seguir la vía del mutuo acuerdo o la contenciosa.
Si un cónyuge solicita el divorcio, el otro no puede negarse. Si solicitara la separación, tampoco puede negarse, pero puede solicitar el divorcio.
En la separación, cabe que sea de hecho. En el divorcio debe formalizarse en todo caso, sea por vía de mutuo acuerdo o contenciosa.
Se redacta un convenio regulador, en ambos casos, con las medidas que regulan la nueva situación.
El proceso de separación o divorcio de mutuo acuerdo. Tiene una primera fase extrajudicial, en el que las partes, junto a sus abogados especializados en Derecho de familia, pactan, redactan y firman un convenio regulador con las medidas. Una vez firmado, tiene lugar la fase judicial. Se redacta demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo, que el procurador registra. El juzgado admite la demanda y cita a las partes para su ratificación ante el juez. Una vez ratificado, se envía la resolución a las partes y notifica al Registro civil el cambio de estado civil.
El proceso de separación o divorcio contencioso. Se inicia mediante demanda judicial de una de las partes, en la que pide a la otra la separación o divorcio, y enumera las medidas que regularán la nueva situación. La otra parte tiene 20 días hábiles para contestar. Se allana a lo que está conforme y se opone a lo que no está de acuerdo. Si hubiera otros asuntos que quisiera incluir, lo haría mediante demanda reconvencional, a la que el demandante inicial contesta en 10 días hábiles. El juzgado, una vez estudiado los escritos, cita a las partes a una vista. Se practican las pruebas de lo expuesto. El juez tiene la información completa para dictar sentencia. Puede ser recurrida en apelación. Envía de oficio al Registro civil el cambio de estado civil.
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CONCLUSIONES SOBRE SEPARACIÓN Y DIVORCIO
El divorcio extingue el vínculo matrimonial y la separación lo mantiene, aunque en ambos casos se cesa la convivencia efectiva. Lo habitual es optar por el divorcio por motivos de economía, puesto que dos divorciados pueden volver a casarse, pero si dos separados desean romper definitivamente, pasan de nuevo por el mismo proceso para lograr el divorcio, o lo que se llama pagar lo mismo dos veces. Normalmente, la gente que se da un tiempo lo hace en separación de hecho, y si deciden terminar con la relación se divorcian.
Espero que os haya servido como orientación general sobre el proceso de divorcio. Si es información útil para otras personas de vuestro entorno, no dudéis en compartirlo. Para consultar tu caso concreto, contacta conmigo. Nos reunimos, los estudiamos, propongo los servicios jurídicos adecuados y te envío un presupuesto.
Óscar Molina.
Abogado especializado en Derecho de familia en Madrid.
Contacto: abogado@oscarmolina.es
